El destinatario que tiene más punto negativo es justamente el abogado que ejerce la profesión representando al operario en algún conflicto jurídico “Porque lo que ha traído esta ley es una derogación de una serie de multas por lo que no había empleos registrados o estaban deficientemente registrados, tenían ciertas anomalías” comento Luis Eduardo Tolosa, si había demora en el empleador en pagar los rubros, todo eso generaba un cumulo de multas.
Las multas perjudican al empleador y el costo financiero que tenía ese juicio, además se debe agregarle el índice de UVA que se aplicaba la clase política no aprenden de los errores cometidos y vuelven a reincidir en lo mismo, se da un aire distinto con este pacto de mayo y con la ley bases esta impronta del nuevo presidente “Hay una esperanza pretendo que sea una esperanza positiva, que va a traer una certeza jurídica que tiene que tener todo emprendedor” dijo.


Los abogados tienen además de los honorarios que se regulan de los aranceles por el porcentaje sobre el capital, también a su vez se le cobra un porcentaje al cliente operario y a medida que el juicio sea más abultado, se encarece y el empresario frente al conflicto judicial debía hacer maniobras grandes para poder zafar de esas situaciones. Lo que trae esta Ley Bases es una claridad, ha eliminado todas esas multas entonces no está la posibilidad de reclamar esos adicionales por multas e infracciones, el juicio va a tener un monto acotado a los rubros indemnizatorio.
Se debe aplicar un interés inflacionario que es mensual y el juicio laboral demora, tiene su periodo de tramitación que genera un espacio de tiempo, en el cual, debe aplicarse los intereses que era elevada y en esos juicios laborales de toda esa tasa de interés se tiene que poner el 5% anual. Los intereses se iban sumándose al capital, se empezaba con un juicio de 900 mil pesos y al cabo del 2023 se llegaba a una suma de 25 millones de pesos, “se tiene que agregarle los honorarios del abogado que contrato el empleador, los abogados del empleador, los impuestos de justicia que hay que pagarlo 3% por un lado el 2% por el otro, el 5% todo eso va sumando”.
En esta actividad privada han sido muchas las empresas que han tenido que soportar el flagelo de estos puntos negativos que genera el efecto inflacionario, las Pymes han desaparecido por esta situación, ha disminuidos la cantidad de las demandas en tribunales y ha aumentado por otro lado los juicios contra las ART por enfermedad profesional, accidentes profesional, contra la ART es lo que invade un ala de la provincia o al país.
En Mendoza, hay abogados laborales que son probos en descubrir operarios que han inventado una relación laboral, ante la ausencia de pruebas los jueces rechazan las demandas en todo proceso donde hay una contienda entre dos o más partes hay un tercero imparcial que es el juez, que se debe convencer de que uno tiene razón y que la otra parte actuó mal, el juez como tercero imparcial no conoce como ha sido la situación entonces va a seguir solamente a las pruebas existentes. Si de las pruebas existentes surgen que una de las partes infringió la ley vendrá las consecuencias de tener que responder esa infracción ante la ley.
En la presidencia de Mauricio Macri crearon un convenio de corresponsabilidad gremial como también es del agro, no solo de la vinicultura, la olivicultura o horticultura sino en todas de las explotaciones de las agrícolas de las República Argentina, siempre se contrataba a personas en negros por eso evitaban los costos de los formularios 931 este convenio vino a traer una luz de esperanzas en los operarios que eran contratados en negros, porque se hacía un aporte en función de la cantidad cosechada, tanto de algodón, arroz, yerba maté “Acá en Mendoza ese convenio de corresponsabilidad se hizo por quintal cosechado la famosa claves únicas de identificación tributaria y laboral para empleador y empleados son los números que identifican frente al Afip, Anses y demás organismos”.
Hay otros formularios que se llaman 995 en donde los empleadores de la actividad vitivinícola en periodo de cosecha aportan a ese convenio de corresponsabilidad gremial, además aportan a las RT y a la obra social, todo aquel que está en relación de dependencia tiene derecho a percibir un rubro que se llama aguinaldo (el sueldo anual complementario), el operario cuando trabaja en relación de dependencia por ahí se excede en la prestación de servicio y trabaja fuera de su jornada, eso se llama hora extra y luego al periodo de determinado tiempo tienen el derecho a la jubilación ordinaria, durante el tiempo que está trabajando va a cobrar vacaciones y a todas esas cosas se dedica un abogado laboral.
Y los miembros paritarios son aquellos que se ponen a discutir en el ámbito del ministerio de trabajo de la nación, lo que son convenios nacionales, los de la sub secretaria de trabajo, cuando son los provinciales cada operario tiene derecho a percibir como consecuencia de la presentación de sus servicios, esas paritarias indican un mínimo por abajo, de ese mínimo no se puede pagar porque si se paga por debajo surge las diferencias de sueldos y por encima el empleador queda en plena libertad de pagar lo que quiera.
Una persona pasante, tiene un contrato que se llama pasantía, la empresa que presta su servicio no es su empleador, en ese caso el pasante no puede reclamarle un vínculo contrato laboral porque está dentro de las pasantías, no es empleado, no se puede porque falta a la identidad jurídica que es la del empleador. Todos los contratos de trabajo se presumen celebrados aprueba por un término de 6 meses, en ese término el empleado tiene que poner a prueba su sapiencia, en el periodo a prueba si al empleador no le sirve para su objetivo extingue el vínculo antes de que se produzca ese periodo de prueba.
En casos de juicios, el código procesal laboral de la provincia de Mendoza ha sido modificado favorablemente para que los juicios no se extiendan tanto en el tiempo, ya se fija las audiencias y predeterminan las fechas, entonces sé radica una demanda, el demandado contesta, el juez advierte esa situación que convoca a ambas partes a una audiencia inicial ahí se hace un convenio donde el juez va analizando las pruebas si son válidas o son dilatorias e interruptivas de la serenidad procesal que antes los juicios duraban 7, 8, 9 años hoy pueden demorar 9 meses.
Esta Ley Base lo que hace es trasladarles a los gremios la posibilidad de pautar convenios colectivos con empresas, pautar la forma que debe pagarse la indemnización por un despido, se lo traslada a los gremios no les niegan a los trabajos sus derechos, los trabajadores no pierden ninguno derecho que hoy están vigentes.

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