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En una nueva emisión de Antes de Ver el Sol, el abogado laboralista Eduardo “Nano” Tolosa explicó con detalle la diferencia jurídica entre un día no laborable y un feriado, tema que genera confusiones frecuentes entre empleados y empleadores, especialmente durante los fines de semana largos.

Tolosa comenzó describiendo su propia rutina laboral: aseguró que trabaja “todos los días, sábados, domingos, feriados y días no laborables”, aprovechando esas jornadas para avanzar sin la presión de atender clientes. Desde allí dio pie a un análisis más amplio sobre la modernización del régimen laboral argentino y la necesidad de actualizar normas redactadas en 1970, afirmando que “tenemos que adaptarnos a las exigencias de la vida”.

DÍA NO LABORABLE: EL EMPLEADOR DECIDE Y EL EMPLEADO DEBE ACATAR

Tolosa explicó que la ley establece que, en los días no laborables, el trabajo es optativo para el empleador, excepto para rubros como bancos, seguros y actividades afines, además del empleo público, que se rigen por normas propias.

Para el resto de los trabajadores del sector privado —incluidos empleados de comercio, vitivinícolas, transportistas y periodistas—, el abogado fue categórico:
“Si el empleador dice que hay que trabajar, hay que trabajar. Si no trabajan, les descuentan el día”.

Tolosa también aclaró un error común: el día no laborable no se paga doble. Es un día normal, salvo que el empleador decida no abrir, en cuyo caso los empleados jornalizados o a destajo no cobran porque no prestan servicio.

El abogado además subrayó las desigualdades entre sectores, señalando que la administración pública “tiene muchísimos beneficios” y que incluso en períodos sin actividad legislativa continúan percibiendo sueldos y vacaciones, situación que, según expresó, contribuye al malestar social.

FERIADO: PROHIBIDO TRABAJAR, SALVO CASOS ESPECIALES

Sobre los feriados, Tolosa remarcó que existe prohibición legal de trabajar. Si un empleador decide igualmente convocar a su personal, debe pagar horas extras, lo que se traduce en el famoso “pago doble”:
“Si una hora común vale 100 pesos, el feriado trabajado vale 200”, ejemplificó.

También advirtió sobre un error extendido: compensar el feriado trabajado con un solo día libre. Según precisó, si se trabaja un feriado y se compensa con descanso, deberían otorgarse dos días, no uno.

El marco cambia para trabajadores con sistemas de turnos rotativos —como clínicas privadas, estaciones de servicio, transportistas o bomberos— donde la jornada ya está organizada para evitar excesos. Si ese sistema se rompe, entonces sí corresponde el pago de horas extras.

ACTUALIZAR PARA EVITAR ABUSOS

Tolosa sostuvo que muchas de las tensiones actuales derivan del mal uso de las normas laborales, más que de su antigüedad. Destacó la importancia de avanzar hacia negociaciones por empresa, una posibilidad contemplada en la modernización que se discute a nivel nacional, lo que permitiría a empleadores y empleados acordar condiciones específicas sin vulnerar derechos.

Finalmente, el abogado sintetizó la diferencia de manera clara:

  • Día no laborable: el empleador decide si se trabaja; si ordena trabajar, se paga como un día común.

  • Feriado: está prohibido trabajar; si se trabaja, se paga doble y no se sanciona al empleado que decide no asistir.

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