• RESOLUCIÓN 0884
  • VISTO:

 

La situación actual que está aconteciendo a nivel mundial, que afecta a toda la población; y,

 

 

  • CONSIDERANDO:

 

              Que la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de corroborarse que las personas infectadas  por COVID-19 a nivel global afectan hasta este momento a 110 países.

                   Que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos del nuevo  coronavirus COVID-19 llegando a nuestro país. 

                   Que mediante el Decreto N° 260/2020 el Gobierno Nacional amplió la emergencia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 en virtud de la pandemia referida.

                   Que el Gobierno de la Provincia de Mendoza declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio provincial por el plazo de un (1) año, mediante el Decreto N°359/2020.

                   Que tanto desde el Gobierno Nacional y Provincial se han dispuesto medidas de protección, mediante la difusión masiva de los protocolos de acción y de los cuidados que la ciudadanía debe adoptar.

                   Que por la situación expuesta resulta imprescindible e impostergable que el municipio adopte una serie de medidas de prevención y control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población.

                   Que de acuerdo a lo expuesto respecto de adoptar todas las medidas consideradas necesarias en pos de evitar y/o mitigar dicha propagación, el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Rivadavia convocó a través de distintas reuniones a autoridades del Área de Salud Departamental, del Hospital Carlos H. Saporitti y Fuerzas de Seguridad con jurisdicción departamental  a trabajar en forma conjunta para tal fin.

       

POR  ELLO:

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

 

  • RESUELVE

 

 

Art.1°: Declárese la emergencia sanitaria en el Departamento de Rivadavia en virtud de la pandemia declarada por la O.M.S. y en el mismo sentido lo resuelto por el Gobierno de la Provincia de Mendoza en relación al Coronavirus COVID-19 por el plazo de un (1) año

Art.2º: Confórmese el Comité Departamental de Control, Prevención e Información del Coronavirus en el modo que a continuación se indica: 

  1. Sr. Intendente Municipal
  2. Sr. Secretario de Gobierno
  3. Sr. Secretario de Hacienda
  4. Sr. Asesor Legal
  5. Sra. Directora de Gestión Social
  6. Sra. Directora de Cultura, Turismo y Educación
  7. Sr. Director de Compras y Suministros
  8. Sr. Director de Gestión Institucional
  9. Sr. Director de Servicios de Espacios Públicos e Higiene Urbana
  10. Sra. Directora de Recursos y Finanzas Públicas
  11. Sra. Directora de Planificación e Infraestructura Urbana
  12. Sr. Coordinador de Prensa y Difusión
  13. Sra. Responsable del Área Departamental de Salud
  14. Sra. Directora del Hospital Carlos H. Saporitti
  15. Sr. Subdirector Asistencial del Hospital Carlos H. Saporitti
  16. Fuerzas de Seguridad
  17. Art.3°: Autorícese al Comité Departamental de Control, Prevención e Información del Coronavirus a adoptar las medidas que estime pertinentes relacionadas con la prevención y mitigación de riesgos de la pandemia declarada por la O.M.S. en relación al COVID-19, y con las atribuciones descriptas en el Anexo I de la presente Resolución.
  18. Art.4°: Remítase la presente al Honorable Concejo Deliberante para que tome conocimiento de la misma, y contemple la posibilidad de realizar los traspasos de partidas necesarios a fin de garantizar el cumplimiento de las medidas que se adopten para afrontar la emergencia sanitaria declarada, e invítese a adherir a la presente.
  19. Art.5º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto Municipal vigente. 
  20. Art.6º: Comuníquese e insértese en el Registro de Resoluciones.

 

RIVADAVIA (Mza.), 16 de Marzo de 2.020.

   

 

   

 

    FDO.  HERNÁN G.AMAT                        FDO. MIGUEL A. RONCO

    SECRETARIO DE GOBIERNO            INTENDENTE MUNICIPAL

   

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